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sábado, 27 de noviembre de 2010

ENTIDAD JUDIA

El uso del término judío se utiliza para referirse a tres grupos: aquellos que tienen orígenes étnicos judíos, aquellos que practican el judaísmo, y aquellos que se identifican como tales por su identificación cultural e histórica. La halajá, la ley judía, da otra definición de la identidad judía. De acuerdo con la legislación judía, judío es aquel que: a) es hijo de madre judía (ley que deriva del pasaje de Deuteronomio 7:1-5)[6] o b) aquella persona que se convierte formalmente al judaísmo bajo la supervisión halájica de un reconocido Bet Din (corte judía) presidida por tres dayanim (jueces). Este proceso de conversión está desarrollado en textos legales judíos tales como el Talmud, el Shulján Aruj y las interpretaciones de la ortodoxia rabínica. Pero además de esa definición ortodoxa, existen otras definiciones como las de las corrientes reformistas, reconstruccionistas y liberales que afirman que es judío aquel que tiene un padre judío (en el sentido genérico, es decir, un padre o una madre). El humanismo judío afirma que es judío "quien se siente judío" sin importar si tiene ascendencia judía o si hace una conversión religiosa.